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Publicado el 22 de octubre de 2026
Una investigación de CNN reveló algo inquietante. El Departamento de Estado entregó a los oficiales de asilo nuevas evaluaciones sobre México, Guatemala, Honduras y El Salvador. Esas evaluaciones describen a los cuatro países como menos peligrosos de lo que decían los reportes de derechos humanos anteriores. La noticia preocupó a miles de solicitantes. Por eso conviene explicar, con calma, qué son esos documentos y qué peso tienen realmente en un caso.
CNN publicó la investigación el 21 de octubre de 2026, firmada por Priscilla Alvarez, a partir de documentos internos que revisó.
Los países evaluados son México, Honduras, Guatemala y El Salvador.
Los documentos afirman que los índices de crimen violento en esos países se comparan favorablemente con ciudades estadounidenses como Baltimore, Houston y Memphis.
Sobre México y El Salvador, señalan que muchas zonas tienen índices de crimen violento "al menos un orden de magnitud menores" que los de grandes ciudades de Estados Unidos (traducción nuestra).
También afirman que las personas pueden moverse libremente dentro de cada país, incluidas víctimas de abuso y extorsión.
No son los informes anuales publicados. Son evaluaciones internas enviadas a USCIS, porque el informe anual de este año está retrasado.
Un documento señala que están destinadas a "dar contexto a los adjudicadores cuando evalúan solicitudes de protección" (traducción nuestra).
Según TRAC de la Universidad de Syracuse, citado por CNN, en junio se negó el 94 % de los casos de asilo, frente a cerca del 50 % dos años antes.
Importante: estos documentos son evidencia de contexto, no una decisión sobre su caso. Cada solicitud se evalúa de forma individual.
Reveló una diferencia entre dos mensajes del mismo gobierno. Por un lado, el Departamento de Estado mantiene alertas de viaje que advierten a los estadounidenses sobre crimen violento en esos países. Por otro, entregó a los oficiales de asilo evaluaciones distintas. Esas evaluaciones describen los mismos lugares como comparables a ciudades estadounidenses.
Conviene precisar algo que se ha contado de forma imprecisa. No se trata de una actualización de los informes anuales que el Departamento de Estado publica cada año. En cambio, son documentos internos distintos. Se enviaron a USCIS porque el informe anual de este año viene retrasado.
Es decir, llenan un vacío. Y lo llenan con un retrato más favorable que el de años anteriores.
Cada país recibió una evaluación propia. Sin embargo, la línea general es la misma. A continuación, lo que CNN reportó de cada uno.
México y El Salvador: muchas zonas tienen índices de crimen violento "al menos un orden de magnitud menores" que los de grandes ciudades estadounidenses.
Honduras: los índices en ciudades y otras zonas se comparan favorablemente con los de partes de Estados Unidos. Aclaran que esas cifras "no representan la totalidad de Estados Unidos".
Honduras, sobre la policía: puede y quiere responder a los pedidos de ayuda, con limitaciones de vehículos, tiempos de respuesta y cobertura rural desigual.
Los cuatro países: las personas pueden moverse libremente dentro del país, incluidas víctimas de abuso y extorsión.
Fuente: CNN, investigación del 21 de octubre de 2026, basada en documentos internos revisados por ese medio. Traducciones nuestras. Verificado el 22 de octubre de 2026.
Ojo: CNN señala que los documentos no incluyen las cifras que sustentan esas comparaciones, ni fechas o títulos de los documentos. Eso también es parte de la información.
Porque son la evidencia estándar sobre las condiciones del país. Un oficial de asilo o un juez no conocen personalmente la situación de cada región. Por eso se apoyan en estos documentos. Con ellos evalúan si lo que la persona describe es plausible y si su gobierno puede protegerla.
Asimismo, la ley federal obliga a preparar informes anuales sobre prácticas de derechos humanos en cada país. Esa obligación está en el título 22, sección 2151n del Código de Estados Unidos.
Por lo tanto, cuando ese retrato cambia, cambia el telón de fondo contra el cual se mide cada historia individual.
Dos muy concretas, y conviene entenderlas. Las dos aparecen en el reglamento federal 8 C.F.R. § 1208.13, que regula las presunciones en los casos de asilo.
La primera es el cambio fundamental de circunstancias. Cuando alguien demuestra que sufrió persecución en el pasado, la ley presume un temor fundado hacia el futuro. Sin embargo, el gobierno puede desvirtuarla. Para eso debe demostrar un cambio fundamental en las circunstancias del país.
La segunda es la reubicación interna. Es decir, la pregunta de si la persona podría mudarse a otra parte de su propio país y estar a salvo. Por eso la frase "las personas pueden moverse libremente" no es un detalle menor.
Depende de quién sea el perseguidor, y esta distinción es clave. El reglamento establece tres escenarios distintos.
Si el perseguidor es el gobierno o actúa con su respaldo: se presume que la reubicación no sería razonable, y le toca al gobierno de Estados Unidos probar lo contrario, por preponderancia de la evidencia.
Si el perseguidor es un actor privado: se presume que la reubicación sí sería razonable, y le toca al solicitante probar lo contrario.
Si no se estableció persecución en el pasado: no hay presunción a favor, y la carga recae en el solicitante.
Fuente: 8 C.F.R. § 1208.13(b)(1) y (b)(3). Verificado el 22 de octubre de 2026.
Entre los factores se consideran el tamaño del país y dónde se concentra la persecución alegada. También pesan el tamaño y el alcance del perseguidor. En efecto, no es lo mismo huir de un vecino que de una organización con presencia nacional.
No. Y conviene decirlo con claridad, porque en redes se está afirmando lo contrario. Estos documentos son evidencia de contexto, no una sentencia. Cada caso se decide sobre la historia individual, el testimonio y las pruebas que la persona presenta.
Ahora bien, tampoco conviene restarle importancia. El panorama se volvió más exigente, y las cifras lo reflejan. Según TRAC de la Universidad de Syracuse, citado por CNN, en junio se negó el 94 % de los casos. Dos años antes era cerca del 50 %.
Importante: un contexto más difícil no es lo mismo que un caso imposible. Significa que la preparación individual pesa más que antes.
Un temor fundado de persecución por uno de cinco motivos específicos. La definición está en la sección 101(a)(42) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Los motivos son cinco: raza, religión, nacionalidad, opinión política y pertenencia a un determinado grupo social.
Conviene subrayar algo. En efecto, el miedo generalizado a la violencia no encaja por sí solo en ninguno de esos cinco motivos. Por eso la conexión entre lo que la persona vivió y uno de esos motivos es el centro de cualquier caso.
Esa conexión no se improvisa, y es una de las razones por las que recomendamos una revisión legal antes de la entrevista. Puede conocer nuestro servicio de asilo político.
Lo contrario, y ese es el punto de la investigación. El Departamento de Estado advierte a los estadounidenses que no viajen a Honduras por crimen violento y terrorismo. Además, mantiene avisos de "no viajar" para zonas de México.
Un vocero del Departamento de Estado respondió por escrito. Señaló que la dependencia puede compartir información sobre condiciones de los países con USCIS y con las cortes de inmigración, como contexto para su trabajo. Asimismo, funcionarios del gobierno han señalado que las alertas de viaje están dirigidas a ciudadanos estadounidenses, no a los nacionales de esos países.
Andrew Selee, presidente del Migration Policy Institute, un centro de estudios apartidista, lo resumió así: "Ha habido una simplificación excesiva de los peligros reales en estos países durante otras administraciones, pero esto parece ir demasiado lejos en la dirección contraria" (traducción nuestra).
Recomendamos tres cosas. En primer lugar, no tome decisiones por lo que lea en redes, porque esta noticia se está contando de formas muy distintas. Segundo, si su entrevista o su audiencia está cerca, revise su caso con tiempo. Y tercero, si su temor se relaciona con alguno de los cinco motivos de la ley, procure que esa conexión quede clara y documentada.
En nuestra firma, la revisión de su caso se hace en una consulta con el abogado Jesús Reyes. Nuestras consultas no son gratuitas. Sin embargo, permiten analizar su expediente a fondo y decirle con honestidad qué alternativas legales existen en su situación. También ofrecemos consultas de emergencia, que se agendan con mayor prontitud y tienen un costo más alto. Puede agendar su consulta aquí.
Conviene además revisar nuestros artículos sobre qué esperar en la corte de inmigración y sobre la decisión del BIA en casos de doble nacionalidad.
No. Más bien, son evidencia sobre las condiciones del país y sirven de contexto para el adjudicador. La decisión se basa en su historia individual, su testimonio y las pruebas que usted presente.
No. Lo que CNN reportó son evaluaciones internas distintas, enviadas a USCIS porque el informe anual de este año viene retrasado. Los informes anuales siguen siendo una obligación legal del Departamento de Estado.
Porque la reubicación interna es una de las preguntas que la ley permite considerar. Es decir, si se concluye que alguien podía mudarse a otra zona y estar a salvo, eso puede afectar su solicitud. Todo depende de quién sea el perseguidor.
Por sí sola no. La ley exige un temor fundado de persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. Por eso cada caso requiere un análisis propio.
En principio, los documentos reportados por CNN se refieren a México, Guatemala, Honduras y El Salvador. Ahora bien, el criterio con que se evalúan las condiciones de país puede aplicarse a otros casos.
En la investigación de CNN y en el texto de la ley, que enlazamos al final. Ahora bien, los documentos internos no son públicos. Por lo tanto, lo que se sabe proviene del reporte periodístico.
Sin duda, una noticia así golpea, sobre todo para quien lleva años esperando una entrevista. Aun así, conviene separar dos cosas: los reportes de derechos humanos describen un contexto, y su caso de asilo se decide por su historia.
Por lo tanto, lo que cambia no es el derecho a pedir asilo, sino cuánto pesa llegar bien preparado. Es importante que usted conozca sus derechos y sus opciones reales.
Si usted tiene miedo de regresar a su país por alguno de los motivos que reconoce la ley, comuníquese con nosotros. Además, atendemos casos a nivel mundial desde nuestra oficina en Miami, Florida. Estamos aquí para asesorarlo y revisar su situación específica.
Vea también nuestras preguntas frecuentes y las demás actualizaciones en nuestro blog.
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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.

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