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Representación en Corte

Defensa contra Deportación

Cuando el gobierno quiere separarle de su familia, usted necesita un abogado que conozca la corte de inmigración por dentro y por fuera. Estamos listos para defender su caso hoy mismo.

Una orden de deportación no es el fin del camino — pero cada día que pasa sin representación legal puede cerrar puertas que hoy siguen abiertas. El Abogado Jesús Reyes lleva años representando a familias en Miami ante la Corte de Inmigración, el Krome Detention Center y el Broward Transitional Center. Actúe ahora: los plazos en este proceso son estrictos y no esperan.

¿Qué son los Procedimientos de Remoción?

Los procedimientos de remoción (deportación) son el proceso formal mediante el cual el gobierno de los Estados Unidos busca expulsar a una persona del país. Se inician cuando el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) presenta una "Notice to Appear" (NTA) ante la Corte de Inmigración de los Estados Unidos. A partir de ese momento, el caso pasa a manos de un juez de inmigración que decidirá si usted puede permanecer en el país.

Durante estos procedimientos, usted tiene derecho a estar representado por un abogado, a presentar evidencia a su favor y a impugnar las alegaciones del gobierno. Existen múltiples defensas disponibles dependiendo de su situación: cancelación de remoción, asilo político, retención de remoción, protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT), ajuste de estatus, y salida voluntaria, entre otras.

En Miami, los casos de detención se manejan principalmente a través del Krome Service Processing Center y el Broward Transitional Center. Si usted o un familiar está detenido, el tiempo es crítico: existe un proceso separado de audiencia de fianza (bond hearing) que puede lograr su liberación mientras el caso se resuelve.

¿A Quién Podemos Ayudar?

El Law Office of Jesus Reyes, PLLC representa a personas en las siguientes situaciones en Miami y todo el sur de la Florida:

  • Personas que han recibido una "Notice to Appear" (NTA) y están en procedimientos de remoción
  • Individuos detenidos en el Krome Detention Center o el Broward Transitional Center que necesitan una audiencia de fianza
  • Familias con hijos ciudadanos americanos que califican para cancelación de remoción
  • Personas con más de 10 años de residencia continua en EE.UU. y buen carácter moral
  • Solicitantes de asilo que presentan su caso defensivo ante el juez de inmigración
  • Personas con una orden de deportación en absencia que necesitan reabrir su caso

¿Cómo Funciona el Proceso?

01

Consulta y Evaluación del Caso

Revisamos su historial migratorio completo, la Notice to Appear, y cualquier orden existente. Identificamos todas las defensas disponibles y le explicamos con honestidad sus opciones antes de comprometer ningún recurso.

02

Representación en Audiencias Preliminares

Comparecemos ante el juez de inmigración en su nombre en las audiencias maestras (master calendar hearing). Si está detenido, solicitamos una audiencia de fianza (bond hearing) de inmediato para buscar su liberación.

03

Preparación y Presentación de la Defensa

Recopilamos evidencia, declaraciones, documentos de apoyo y expertos si es necesario. Presentamos su defensa completa — ya sea cancelación de remoción, asilo, ajuste de estatus u otra — ante el juez en la audiencia individual (individual hearing).

04

Apelación si es Necesario

Si el juez emite una orden adversa, evaluamos de inmediato las opciones de apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Tiene solo 30 días para apelar — actuamos rápido para no perder ese derecho.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para responder a una Notice to Appear?+

La NTA es una notificación de que hay procedimientos de remoción en su contra, no una orden de deportación inmediata. Sin embargo, debe comparecer a todas sus audiencias. Si no se presenta, el juez puede emitir una orden de deportación en absencia. Contáctenos de inmediato al recibir cualquier documento de inmigración.

¿Qué es la cancelación de remoción y quién califica?+

La cancelación de remoción para no residentes requiere 10 años de presencia continua en EE.UU., buen carácter moral durante ese período, y demostrar que su deportación causaría un daño excepcional y extraordinario a un cónyuge, padre o hijo ciudadano americano o residente permanente. Es una defensa poderosa pero con requisitos estrictos.

¿Puedo salir de la detención mientras espero mi audiencia?+

En muchos casos sí. Si usted está detenido, puede solicitar una audiencia de fianza ante el juez de inmigración. La fianza se evalúa en base a si usted representa un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad. El Abogado Jesús Reyes puede representarle en esa audiencia para buscar su liberación.

¿Qué pasa si ya tengo una orden de deportación?+

Una orden existente no necesariamente cierra todas las puertas. Dependiendo de las circunstancias, puede ser posible presentar una moción para reabrir el caso (si hay nueva evidencia o no fue notificado correctamente), o una moción de reconsideración. Cada caso es diferente — consúltenos para evaluar sus opciones.

¿Cuánto cuesta una consulta?+

La consulta estándar es de $200 por hasta 30 minutos. Si su situación es urgente — como una detención o una audiencia inminente — ofrecemos consultas de emergencia por $400. Llámenos al (888) 644-3683.

Su situación tiene solución.

Agende una consulta de hasta 30 minutos con el Abogado Jesús Reyes y conozca sus opciones legales. $200.

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