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El Departamento de Estado de EE. UU. anunció una suspensión temporal en el procesamiento de visas inmigrantes para ciudadanos de 75 países, incluyendo Colombia, Cuba, Nicaragua y Guatemala, a partir del 21 de enero de 2026.
Esta medida afecta únicamente a visas con intención inmigrante, es decir, aquellas que buscan la residencia permanente, como:
Peticiones familiares
Visas laborales EB-1, EB-2 y EB-3
Visa EB-4 para trabajadores especiales
No aplica a visas de turista o estudiante, ya que no tienen intención inmigrante.
Las solicitudes pueden presentarse, pero es posible que no se asignen entrevistas consulares mientras la pausa esté vigente.
Excepciones importantes:
Personas que ya tienen una visa inmigrante aprobada pueden usarla sin problema.
Personas con doble nacionalidad podrían aplicar usando una nacionalidad no afectada.
Existen excepciones por interés nacional, aunque son limitadas y difíciles de obtener.
Cada caso migratorio es distinto y estas decisiones pueden tener un impacto significativo en su proceso.
Si usted necesita orientación, una segunda opinión o asistencia legal con su trámite migratorio, le invitamos a comunicarse con nuestra oficina para recibir asesoría profesional.15