Corte federal autoriza deportaciones expeditas.
Una corte federal autoriza al gobierno a llevar a cabo deportaciones expeditas. En estas deportaciones, a la persona no se le facilita ver a un juez de inmigración: simplemente la deportan del país, con una penalidad de reentrada de cinco años. ¿A quiénes aplica? A las personas que hayan entrado de forma irregular por la frontera y que tengan menos de 2 años en los Estados Unidos. Por eso es importante resaltar que, aunque una persona sea sujeta a una deportación expedita, si tiene miedo de regresar a su país y puede comprobar ese miedo, se le dará la oportunidad de tener un proceso de asilo completo delante de una corte de inmigración. Si usted o un familiar está en esta situación, no espere a que sea tarde. Agende una consulta y revisamos las alternativas legales para su caso específico. ¿Necesita ayuda con un caso de inmigración? Atendemos casos a nivel mundial. ¡Contáctenos para comenzar a resolver su caso! Teléfono USA: 888-MI-GENTE (888.644.3683) WhatsApp (Internacional) +1 (305) 586-9418 Dirección: 14201 SW 120th St Suite 206 Miami, FL 33186 USA Visite nuestra página Web: https://jesusreyeslaw.com *La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.#jesusreyeslaw #deportacionexpedita #asilo #inmigracion #abogadodeinmigracion
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