En primer lugar, a diferencia de su audiencia general, conocida como “Audiencia Preliminar” o «Master Hearing» en inglés, y la audiencia individual, es que esta última es privada. Solo el juez, en la corte, un fiscal del Departamento de Seguridad Nacional, un intérprete, el asistente del juez, el solicitante y su abogado estarán en la corte. No hay espectadores. Ocasionalmente, los pasantes son traídos para aprender sobre litigios en la corte de inmigración. Los testigos también son aceptados y solo pueden ser parte de la audiencia cuando son llamados a testificar.
Antes y después de su testimonio, tienen que esperar fuera de la sala del tribunal. Durante la audiencia final, los asuntos previos a la audiencia se resuelven entre los abogados y el juez, después de lo cual comienza la audiencia. La audiencia generalmente comienza con el abogado del solicitante interrogando al solicitante.
El abogado del solicitante intentará a través de sus preguntas alentar al solicitante a contar su historia sobre el porqué está buscando alivio y qué lo hace elegible para el alivio migratorio. Esto se conoce como examen directo. Después de concluir, el fiscal, que trabaja para el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), también interrogará al solicitante.
El trabajo del fiscal es determinar si hay alguna falla en la solicitud que pueda impedir que el solicitante obtenga alivio y resaltar estas fallas ante el juez. Después de que el abogado defensor como el fiscal interrogan al solicitante, cada abogado tiene la oportunidad de concluir su caso con una breve declaración final.
Algunos jueces harán preguntas a lo largo del interrogatorio, y otros no. Para cuando los abogados terminan su discurso, el juez generalmente toma la decisión en el caso. A menudo la decisión ocurre en el acto, otras veces ocurre en forma escrita. El juez puede aprobar o denegar el caso.
Lo mejor que puede pasar es que lo aprueben. Dependiendo del tipo de alivio solicitado, esta decisión de aprobación puede conducir a la residencia permanente para el solicitante. Pero, ¿Y si no ganan el caso? El juez puede emitir una orden de deportación (Que no es una orden final si se apela a tiempo) o emitir una deportación, pero al mismo tiempo “retener” la deportación bajo una orden judicial conocida como “retención de expulsión”. Este último alivio permitirá al solicitante permanecer legal y discrecionalmente en los Estados Unidos.
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