La decisión de este miércoles 28 de enero de 2026 de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito ha brindado una nueva esperanza para la comunidad venezolana en los Estados Unidos. Esta corte determinó que el Departamento de Seguridad Nacional no tiene el poder para terminar de manera arbitraria el Estatus de Protección Temporal (TPS) para Venezuela. Esta resolución subraya que el TPS es un beneficio derivado de leyes del Congreso y no puede ser eliminado simplemente por voluntad administrativa de este departamento, mientras el programa se encuentra vigente.
Aunque es probable que el caso sea revisado finalmente por la Corte Suprema de Justicia, este fallo representa una esperanza para los beneficiarios. Hay que esperar que sucederá en los próximos días. Esta decisión no tiene un efecto práctico de inmediato.
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