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La vigilancia en la frontera con México creció de forma notable este año, y dos noticias recientes lo muestran con claridad: cientos de torres con cámaras de inteligencia artificial ya operan, y el Pentágono autorizó probar un dispositivo militar de calor. Conviene entender qué significa cada cosa, sin alarmismo y con datos.
Una investigación de The New York Times, publicada el 22 de octubre de 2026, documentó torres con cámaras de inteligencia artificial a lo largo de la frontera sur.
Según ese análisis, más de un millón de personas viven en zonas que esas torres pueden observar, tanto del lado estadounidense como del mexicano.
El reportaje señala además que al menos cuatro millones de personas viven dentro del alcance de cámaras más antiguas que serían actualizadas con inteligencia artificial.
Se destinaron más de mil millones de dólares para aproximadamente 1,500 torres nuevas, con planes de extenderlas a la frontera con Canadá, zonas costeras y Puerto Rico.
Por otro lado, el Pentágono autorizó al Departamento de Seguridad Nacional a probar el Active Denial System, un dispositivo que emite ondas milimétricas y produce una sensación de calor intenso.
La autorización es para evaluar y probar, no una decisión de usarlo. A la fecha de esta publicación no hay una fecha confirmada de uso operativo en la frontera.
Según la hoja informativa oficial del programa de armas no letales, la onda penetra alrededor de 1/64 de pulgada en la piel, y el efecto cesa al salir del haz.
Importante: ninguna de estas dos noticias cambia por sí sola los derechos que tiene una persona ante un agente migratorio.
Estructuras fijas con cámaras y sensores que funcionan día y noche. Según la investigación periodística, el sistema no solo graba. También analiza las imágenes de forma automática para detectar personas y vehículos, seguir sus movimientos y enviar alertas a los agentes.
La diferencia con una cámara común es importante. Una cámara tradicional necesita que alguien esté mirando la pantalla. En cambio, un sistema con inteligencia artificial revisa el material solo y avisa cuando detecta algo que considera relevante. Por lo tanto, puede cubrir mucho más territorio con el mismo personal.
Además, estas torres funcionan de noche. Es decir, no dependen de la luz del día como una cámara común. Por eso amplían el alcance de la observación sobre las poblaciones cercanas.
Más lejos de lo que mucha gente imagina. De acuerdo con el análisis citado, las torres actuales alcanzan zonas donde viven más de un millón de personas. Además, el plan contempla cubrir toda la frontera con México.
Asimismo, el reportaje indica que el proyecto se extendería a otras regiones del país. Es decir, no se trata únicamente del sur.
Ahora bien, conviene aclarar algo que suele confundirse. Que una cámara pueda observar una zona no significa que todo lo que ocurre allí se esté revisando. Sin embargo, el alcance documentado explica por qué muchas comunidades fronterizas han planteado preocupaciones sobre privacidad.
Se llama Active Denial System y es un equipo militar de energía dirigida. Emite ondas milimétricas que provocan una sensación de ardor en la piel, con el fin de que la persona se aparte del haz.
Según la hoja informativa oficial del programa conjunto de armas no letales, la onda penetra aproximadamente 1/64 de pulgada, es decir, cerca del grosor de tres hojas de papel. Además, esa misma fuente indica que el efecto se detiene de inmediato cuando la persona sale del haz o el operador apaga el equipo.
Tipo de tecnología: ondas milimétricas de radiofrecuencia.
Penetración en la piel: alrededor de 1/64 de pulgada.
Efecto descrito: sensación de calor intolerable que lleva a apartarse.
Duración del efecto: cesa al salir del haz o al apagarse el equipo.
Pruebas realizadas: más de 15,000 exposiciones a voluntarios.
Riesgo de lesión informado: menos de una décima del uno por ciento.
Fuente: hoja informativa del programa conjunto de armas no letales del Departamento de Defensa, actualizada el 11 de mayo de 2020. Verificado el 30 de octubre de 2026.
Cuidado con la información que circula. La autorización del Pentágono permite probar y evaluar el equipo durante un período limitado. No equivale a una decisión de desplegarlo, y organizaciones y especialistas han planteado dudas sobre posibles lesiones y sobre su uso frente a civiles.
No. Y este es el punto más importante de todo el artículo. La tecnología que utiliza una agencia no modifica las protecciones constitucionales ni las reglas que rigen la actuación de los agentes.
En concreto, la Cuarta Enmienda de la Constitución protege contra registros e incautaciones irrazonables. Esa protección alcanza a toda persona que se encuentre en Estados Unidos, sin importar su estatus migratorio.
Por lo tanto, una grabación no sustituye a una orden judicial cuando esta se requiere. Tampoco elimina el derecho de guardar silencio ni el de pedir hablar con un abogado.
Conviene subrayar este punto, porque circula mucha confusión. Es decir, que exista más tecnología no significa que existan menos derechos. En efecto, las reglas sobre cómo debe actuar un agente siguen siendo las mismas que antes de que se instalara la primera torre.
Es un concepto legal que conviene conocer, porque explica dónde pueden actuar ciertos agentes sin orden judicial en determinadas circunstancias. El reglamento federal define la "distancia razonable" como 100 millas aéreas desde cualquier frontera externa de Estados Unidos.
Dentro de esa franja, la ley otorga facultades específicas a los oficiales de inmigración para labores de patrullaje. Sin embargo, esas facultades tienen límites claros. Por ejemplo, la propia ley federal excluye expresamente las viviendas de la facultad de ingresar sin orden.
Es importante entender que vivir dentro de esa franja no reduce sus derechos. En cambio, sí conviene conocerlos bien, porque muchas ciudades grandes quedan dentro de ella.
Por ejemplo, la zona de 100 millas aéreas alcanza áreas densamente pobladas de varios estados costeros y fronterizos. Por lo tanto, millones de personas viven dentro de ella sin saberlo. Conviene informarse aunque usted no resida cerca de la línea divisoria.
Un cambio real en la vida cotidiana, según el propio reportaje. Vecinos de poblaciones cercanas a las torres han expresado incomodidad por sentirse observados en actividades ordinarias.
Por otro lado, las autoridades sostienen que esta tecnología busca detectar cruces irregulares y proteger a los agentes. Nosotros no tomamos postura política: presentamos ambas descripciones tal como constan en las fuentes.
Asimismo, conviene recordar que el debate sobre privacidad no es exclusivo de las comunidades migrantes. Es decir, alcanza por igual a ciudadanos y residentes de esas mismas zonas. Por eso la discusión pública ha crecido.
Lo que sí corresponde decir, como firma de abogados, es esto. La mejor respuesta ante un entorno más vigilado no es el miedo, sino la información. Es importante que usted conozca sus derechos antes de necesitarlos.
Recomendamos cuatro cosas sencillas y concretas. En primer lugar, conozca lo que puede decir ante un agente. Usted tiene derecho a guardar silencio y a pedir hablar con un abogado.
En segundo lugar, mantenga sus documentos migratorios organizados y a la mano, con copias guardadas en un lugar seguro. En tercer lugar, si tiene un caso abierto, mantenga su dirección actualizada ante las autoridades correspondientes.
Y en cuarto lugar, evite guiarse por videos o mensajes alarmistas que circulan en redes. En efecto, la desinformación suele causar más daño que la propia noticia.
Puede repasar el detalle en nuestras guías sobre qué hacer durante un arresto migratorio y cómo prepararse ante una detención de ICE.
Revisando su caso específico, que es lo único que permite dar una respuesta útil. Cada situación migratoria es distinta, y lo que aplica a una persona puede no aplicar a otra.
En nuestra firma, esa revisión se hace en una consulta con el abogado Jesús Reyes. Nuestras consultas no son gratuitas. Sin embargo, permiten analizar su expediente a fondo y explicarle con honestidad qué alternativas legales existen. También ofrecemos consultas de emergencia, que se agendan con mayor prontitud y tienen un costo más alto. Puede agendar su consulta aquí.
Conviene además conocer nuestros servicios de asilo y protección y de representación en corte de inmigración.
El reportaje documenta el alcance visual de las torres sobre zonas pobladas. Ahora bien, la ley federal excluye expresamente las viviendas de la facultad de ingresar sin orden. Además, la Cuarta Enmienda protege el domicilio.
No según la información disponible. La autorización permite pruebas y evaluación, y a la fecha de esta publicación no hay una fecha confirmada de uso operativo.
No. La franja de 100 millas aéreas define dónde ciertos agentes tienen facultades de patrullaje, pero no elimina sus protecciones constitucionales.
Usted tiene derecho a guardar silencio y a pedir hablar con un abogado. Por eso recomendamos conocer de antemano qué decir y qué no.
No de forma directa. Son medidas de control fronterizo y no cambian los requisitos de su trámite. Sin embargo, conviene revisar su caso con un abogado si tiene dudas.
En las fuentes que enlazamos al final: la hoja informativa oficial del programa de armas no letales, el reglamento federal y la cobertura periodística citada.
La frontera está más vigilada que antes, y eso es un hecho documentado. Aun así, conviene separar el dato de la alarma. La vigilancia en la frontera cambia la forma en que las autoridades detectan movimientos. Sin embargo, no cambia la Constitución ni los derechos que esta reconoce.
Por lo tanto, lo útil hoy es prepararse con calma. En efecto, una persona informada, con sus documentos en orden y con orientación legal, está en mejor posición que una persona asustada. Es importante que usted no tome decisiones migratorias basándose en rumores.
Si necesita orientación sobre su situación específica, comuníquese con nosotros. Atendemos casos a nivel mundial desde nuestra oficina en Miami, Florida. Estamos aquí para asesorarlo y revisar su caso.
Vea también nuestras preguntas frecuentes y las demás actualizaciones en nuestro blog.
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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.

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