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Publicado el 2 de noviembre de 2026 · Actualizado el 3 de noviembre de 2026
Actualización del 3 de noviembre de 2026: el TPS de Venezuela tiene una orden judicial nueva. El Noveno Circuito concedió una suspensión administrativa de 14 días y retiró su orden anterior. A continuación le explicamos exactamente qué dice.
El TPS de Venezuela vive semanas decisivas, con órdenes judiciales que cambian de un día para otro. Lo más reciente es una suspensión administrativa de 14 días. Aquí le explicamos qué significa, con el texto de la orden a la vista y sin alarmismo.
El caso es National TPS Alliance v. Mullin, número 25-5724 ante el Noveno Circuito, originado en el caso 3:25-cv-01766-EMC del Distrito Norte de California.
El 3 de noviembre de 2026, el tribunal concedió al gobierno una suspensión administrativa de 14 días, contados desde que se emita la sentencia de la Corte Suprema el 6 de noviembre.
En la práctica, esa suspensión se extendería hasta alrededor del 20 de noviembre de 2026.
La misma orden retiró expresamente la decisión anterior del tribunal, que el 30 de octubre había negado la solicitud del gobierno.
El tribunal anunció que fijará, por orden separada, un calendario acelerado para resolver el fondo del asunto.
La orden fue firmada por los jueces Wardlaw, Mendoza y Johnstone, y está marcada "FOR PUBLICATION".
Antes, el 5 de octubre de 2026, la Corte Suprema había anulado un fallo favorable del Noveno Circuito y devuelto el caso para una nueva revisión.
Según cifras oficiales citadas por la prensa, hasta junio de 2026 había cerca de 627,750 beneficiarios venezolanos del TPS.
Importante: una suspensión administrativa es una pausa procesal, no una decisión sobre quién tiene la razón. El caso sigue abierto.
Tres cosas, y conviene leerlas con precisión. Primero, el tribunal concede la solicitud del gobierno de una suspensión administrativa por un plazo de 14 días, que empieza a correr cuando se emita la sentencia de la Corte Suprema el 6 de noviembre.
Segundo, en una nota al pie, el tribunal indica que retira su orden anterior, aquella que había negado la solicitud de suspensión del gobierno. Es decir, la decisión del 30 de octubre quedó sin efecto.
Y tercero, el tribunal anuncia que establecerá un calendario acelerado para resolver el fondo mediante una orden separada. Por lo tanto, el caso avanzará con rapidez en las próximas semanas.
Ojo con un detalle importante. Conceder una suspensión administrativa no equivale a conceder la suspensión definitiva que el gobierno pedía mientras dura la apelación. Son dos cosas distintas, y la segunda sigue en discusión.
Una pausa corta y técnica que un tribunal concede para mantener las cosas como están mientras analiza un asunto. Su finalidad es evitar que una situación cambie de forma abrupta antes de que el tribunal pueda decidir con calma.
Conviene subrayar lo que no es. No es un pronunciamiento sobre si la terminación del TPS fue legal. Tampoco significa que el tribunal haya cambiado de opinión sobre el fondo del caso.
En efecto, los tribunales usan esta herramienta con frecuencia y en ambas direcciones. Por eso recomendamos no leerla como una victoria ni como una derrota definitiva para nadie.
Conviene además notar algo del propio documento. La orden está marcada "FOR PUBLICATION", es decir, el tribunal decidió publicarla. Sin embargo, eso se refiere a su difusión oficial y no al peso de lo que resuelve.
Deja de ser la fecha en la que, de forma automática, volvería a tener efecto la orden del tribunal de distrito. Esa era la expectativa antes del 3 de noviembre, y ahora cambió.
Con la nueva orden, lo que ocurre el 6 de noviembre es que se emite la sentencia de la Corte Suprema y, desde ese momento, empiezan a correr los 14 días de la suspensión administrativa. Por lo tanto, la fecha que conviene seguir ahora es alrededor del 20 de noviembre de 2026.
Octubre de 2025: la Corte Suprema suspendió la orden del tribunal de distrito.
5 de octubre de 2026: la Corte Suprema anuló el fallo favorable del Noveno Circuito y devolvió el caso.
30 de octubre de 2026: el Noveno Circuito negó la solicitud de suspensión del gobierno.
3 de noviembre de 2026: el Noveno Circuito retiró esa orden y concedió una suspensión administrativa de 14 días.
6 de noviembre de 2026: se emite la sentencia de la Corte Suprema y empiezan a correr los 14 días.
Alrededor del 20 de noviembre de 2026: vencimiento aproximado de la suspensión administrativa.
Fuente: orden del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito en el caso 25-5724, presentada el 3 de noviembre de 2026, y expediente 26-48 de la Corte Suprema. Verificado el 3 de noviembre de 2026.
Acudir nuevamente a la Corte Suprema con una solicitud de emergencia, que es la vía que tiene disponible. Ese es, en la práctica, el margen que abre la pausa.
Ahora bien, conviene ser exactos: la orden del tribunal no dice que ese sea su propósito. Lo que hace la orden es conceder la pausa; lo que el gobierno haga con ella es otra cosa.
Asimismo, el tribunal seguirá trabajando en paralelo con el calendario acelerado que anunció. Es decir, el proceso no se detiene durante esos 14 días.
Por otro lado, conviene recordar cómo llegó el caso hasta aquí. El 5 de octubre de 2026 la Corte Suprema anuló el fallo favorable anterior del Noveno Circuito y devolvió el expediente para que lo analizara de nuevo bajo un criterio distinto. Por lo tanto, el tribunal está revisando el asunto desde ese punto de partida.
No. Y conviene decirlo con claridad, porque circulan mensajes que afirman lo contrario.
La orden del 3 de noviembre no resuelve el fondo del caso ni declara que la terminación del TPS fue legal. Lo que hace es dar tiempo. Por lo tanto, la posibilidad de que las protecciones se restablezcan sigue viva, y el propio tribunal anunció que acelerará el análisis.
Sin embargo, tampoco conviene dar por hecho lo contrario. Es importante que usted no tome decisiones migratorias basándose en un resultado que todavía no existe.
Que el panorama sigue abierto y que, por ahora, nada cambia de forma inmediata en sus documentos. A la fecha de esta actualización, el TPS no ha sido restablecido.
Conviene además recordar tres puntos prácticos. Primero, identifique bajo cuál designación obtuvo su TPS, la de 2021 o la de 2023, porque esa diferencia puede cambiar el análisis de su caso. Segundo, verifique la vigencia de sus documentos y de su permiso de trabajo.
Y tercero, tenga presente que dentro de una misma familia puede haber personas bajo designaciones distintas. Por eso recomendamos revisar el caso de cada integrante por separado.
Depende de cómo se implemente cualquier restablecimiento, y esa implementación la define el gobierno mediante avisos oficiales. El TPS incluye autorización de empleo, pero la aplicación práctica no es automática.
Por lo tanto, no conviene asumir que un documento vencido recuperó validez. En cambio, lo correcto es esperar los avisos oficiales y verificar su situación específica.
Conviene además recordar que este año cambiaron las reglas sobre ciertas extensiones automáticas. Puede ver el detalle en nuestro artículo sobre el fin de ciertas extensiones automáticas del permiso de trabajo.
Con tres medidas sencillas, y ninguna cuesta dinero. Todavía no existe un anuncio oficial que permita presentar nuevas solicitudes ni renovaciones, de modo que lo que corresponde hoy es ordenar la casa.
Primero, tenga a mano todos sus documentos relacionados con el TPS. Esto incluye las aprobaciones que recibió, sus permisos de trabajo y los recibos que le entregaron las autoridades migratorias. Además, guarde copias digitales en un lugar seguro.
Segundo, espere un anuncio oficial antes de presentar cualquier solicitud o renovación. Presentar algo antes de tiempo puede costarle dinero y, en algunos casos, complicar su expediente.
Tercero, no pague por adelantado a nadie que le ofrezca tramitar algo que todavía no está disponible. Lamentablemente, cada vez que hay noticias de este tipo aparecen personas que cobran por trámites inexistentes. Por lo tanto, desconfíe de quien le prometa resultados o le pida dinero con urgencia.
Es importante que usted verifique siempre la información en fuentes oficiales. Una consulta legal para evaluar su caso es una cosa muy distinta de pagar por una solicitud que todavía no se puede presentar.
Recomendamos revisar su caso ahora y no esperar al vencimiento de la pausa. La razón es simple: si existe otra alternativa legal en su situación, conviene identificarla antes y no cuando el tiempo apremie.
En nuestra firma, esa revisión se hace en una consulta con el abogado Jesús Reyes. Nuestras consultas no son gratuitas. Sin embargo, permiten analizar su expediente a fondo y decirle con honestidad qué opciones existen. Para situaciones con plazos cortos, ofrecemos consultas de emergencia, que se agendan con mayor prontitud y tienen un costo más alto. Puede agendar su consulta aquí.
Conviene además conocer nuestros servicios de asilo y protección y de representación en corte de inmigración.
No a la fecha de esta actualización. El 3 de noviembre de 2026 el Noveno Circuito concedió una suspensión administrativa de 14 días que comienza el 6 de noviembre.
Catorce días contados desde que se emita la sentencia de la Corte Suprema el 6 de noviembre, es decir, hasta alrededor del 20 de noviembre de 2026.
No conviene asumirlo. Cualquier restablecimiento depende de los avisos oficiales que publique el gobierno.
No. Una suspensión administrativa es una pausa procesal y no resuelve quién tiene la razón en el fondo del asunto.
Esa información aparece en las notificaciones que recibió cuando se aprobó su solicitud. Si no las tiene, un abogado puede ayudarle a determinarlo.
Viajar en medio de un litigio de este tipo conlleva riesgos serios. Por eso recomendamos no salir del país sin antes revisar su caso con un abogado.
El TPS de Venezuela sigue en disputa, y la orden del 3 de noviembre lo confirma: catorce días más de pausa, la orden anterior retirada y un calendario acelerado en camino. Aun así, nada de esto resuelve el fondo del caso.
Por lo tanto, la mejor postura hoy sigue siendo la preparación. En efecto, quien tiene sus documentos ordenados, su dirección actualizada y una evaluación legal de sus alternativas está en mejor posición, pase lo que pase en los tribunales. Es importante que usted siga únicamente fuentes oficiales y verificables.
Si usted tenía TPS de Venezuela y quiere saber cómo estos cambios afectan su situación, comuníquese con nosotros. Atendemos casos a nivel mundial desde nuestra oficina en Miami, Florida. Estamos aquí para asesorarlo y revisar su caso específico.
Vea también nuestras preguntas frecuentes y las demás actualizaciones en nuestro blog.
Documento primario: orden del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, caso número 25-5724, entrada 97.1, presentada el 3 de noviembre de 2026.
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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.

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