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Publicado el 21 de octubre de 2026
El gobierno de Estados Unidos informó que ha revocado más de 300,000 visas desde enero de 2025. La cifra se conoció el 20 de octubre de 2026 y generó preocupación en toda la comunidad migrante. Sin embargo, la revocación de visas es una figura legal concreta, con reglas propias, y conviene entender qué alcanza y qué no.
El Departamento de Estado informó el 20 de octubre de 2026 que se revocaron más de 300,000 visas durante el segundo mandato.
La cifra creció rápido durante el año: pasó de más de 100,000 en enero a más de 175,000 en agosto y a más de 300,000 en octubre.
Según el funcionario que dio los datos, la mayoría se revocaron por actividad criminal, preocupaciones de seguridad pública e infracciones migratorias.
Los porcentajes informados por categoría son: agresión y delitos relacionados, 25%; conducir bajo los efectos del alcohol, 22%; robo, 7%; y abuso o distribución de sustancias, 7%.
Más de 4,000 revocaciones se atribuyeron a casos de turismo de maternidad.
La ley permite revocar una visa "en cualquier momento, a discreción" del funcionario consular o del Secretario de Estado, según 8 U.S.C. § 1201(i).
La revocación invalida la visa desde la fecha en que fue emitida, no solo hacia adelante.
La ley establece que no hay revisión judicial de una revocación, salvo en un proceso de remoción cuando la revocación es el único motivo.
Ojo: los porcentajes publicados no suman el total de revocaciones, y el gobierno no publicó los datos subyacentes. Por eso conviene tomarlos como lo que son: cifras oficiales sin verificación independiente.
El Departamento de Estado comunicó el 20 de octubre de 2026 que se revocaron más de 300,000 visas de extranjeros durante el segundo mandato, y afirmó haberlo hecho más rápido que cualquier administración anterior. Ese mismo día, la Casa Blanca difundió la cifra en un comunicado sobre política migratoria.
Conviene anotar un detalle de método. La cifra se entregó por correo electrónico a un medio de comunicación, no en un informe con datos desglosados. Por lo tanto, no existe hasta ahora una base pública que permita verificarla de forma independiente.
De forma acelerada, y ese ritmo es parte de la noticia. En enero el Departamento de Estado informó más de 100,000 revocaciones, una cifra que en ese momento ya se presentó como récord. En agosto la cifra superaba las 175,000. En octubre pasó de 300,000.
Enero de 2026: más de 100,000 visas revocadas.
Agosto de 2026: más de 175,000 visas revocadas.
20 de octubre de 2026: más de 300,000 visas revocadas.
Fuente: declaraciones del Departamento de Estado recogidas por la prensa, octubre de 2026. Verificado el 21 de octubre de 2026.
Según el funcionario que entregó los datos, la mayoría de las revocaciones respondieron a "actividad criminal, preocupaciones de seguridad pública e infracciones migratorias" (traducción nuestra). Además, se informaron porcentajes por categoría, aunque no cubren el total.
Agresión y delitos relacionados: 25 %.
Conducir bajo los efectos del alcohol: 22 %.
Robo: 7 %.
Abuso o distribución de sustancias: 7 %.
Turismo de maternidad: más de 4,000 casos.
Fuente: declaraciones del Departamento de Estado, 20 de octubre de 2026. Los porcentajes informados no suman el total de revocaciones y el gobierno no publicó la base de cálculo. Verificado el 21 de octubre de 2026.
Importante: llama la atención que casi la mitad de los porcentajes informados corresponden a conductas de tránsito o delitos comunes, no a temas de seguridad nacional. Conducir bajo los efectos del alcohol, por sí solo, representa el 22 %.
En principio, cualquiera. La facultad que da la ley no distingue entre categorías, así que puede alcanzar visas de turista, de estudiante, de trabajo o de intercambio. De hecho, el comunicado de la Casa Blanca del 20 de octubre menciona expresamente dos grupos.
El primero son los estudiantes extranjeros: el comunicado atribuye alrededor de 6,000 revocaciones a estudiantes que cometieron delitos o que presentan vínculos con el terrorismo. El segundo son los casos de turismo de maternidad, con más de 4,000 revocaciones, una práctica que consiste en viajar a Estados Unidos con el fin principal de dar a luz en el país.
Por lo tanto, no es un fenómeno limitado a un tipo de visa ni a un país. Asimismo, el comunicado indica que más de 700 revocaciones recayeron sobre ciudadanos chinos por el tema de maternidad desde agosto de 2026.
Ojo: el número de estudiantes afectados proviene del comunicado de la Casa Blanca, que a su vez lo atribuye a medios de comunicación. No aparece en un informe con datos desglosados.
Tres cosas, y conviene tenerlas presentes antes de sacar conclusiones. Primero, no se informó cuántas personas distintas están detrás de esa cifra, ya que una misma persona puede tener más de una visa. Segundo, no se precisó qué parte corresponde a personas que estaban dentro del país y qué parte a personas en el exterior.
Y tercero, los porcentajes publicados no suman el total. En efecto, las cuatro categorías informadas cubren alrededor del 61 %, de modo que el resto quedó sin desglosar.
Importante: señalar estos vacíos no cuestiona la cifra. Simplemente marca hasta dónde llega lo que se puede afirmar con el material disponible hoy.
La ley federal es breve y amplia. La sección 221(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, codificada en 8 U.S.C. § 1201(i), permite que un funcionario consular o el Secretario de Estado revoquen una visa "en cualquier momento, a su discreción" (traducción nuestra). No exige una audiencia previa.
Asimismo, la norma precisa algo que suele pasarse por alto: la revocación "invalida la visa desde la fecha de emisión". Es decir, el efecto es retroactivo, no solo hacia adelante.
No exactamente, y la diferencia importa. Una visa es el documento que permite viajar a un puerto de entrada y pedir admisión. En cambio, el estatus es la situación legal de la persona una vez admitida, y se rige por otras reglas.
Ahora bien, la revocación sí tiene consecuencias dentro del país. La ley establece que una persona cuya visa de no inmigrante fue revocada bajo la sección 1201(i) es deportable, según 8 U.S.C. § 1227(a)(1)(B). Por lo tanto, no es un asunto que afecte solamente a quien está fuera.
Cuidado: si usted sale de Estados Unidos con una visa revocada, no podrá usarla para volver a entrar. Ese es el efecto más inmediato y el más común.
La ley dice expresamente que "no habrá medio de revisión judicial" de una revocación, e incluye el habeas corpus en esa prohibición. Esa limitación la agregó el Congreso en 2004. Sin embargo, existe una excepción escrita en la propia norma.
Esa excepción opera en el contexto de un proceso de remoción, y únicamente cuando la revocación es el único motivo de la remoción. Es un supuesto estrecho, y si aplica o no en un caso concreto depende de los hechos y del expediente.
En consecuencia, este es terreno donde las generalidades sirven de poco. Puede conocer nuestros servicios de apelaciones y de representación en corte de inmigración.
El efecto es más directo. Una visa revocada ya no sirve para presentarse en un puerto de entrada, de modo que la persona tendría que solicitar una nueva visa y pasar otra vez por el proceso consular. Además, la causa de la revocación anterior puede pesar en esa nueva solicitud.
Por eso conviene revisar la situación antes de comprar boletos o de hacer planes. En efecto, enterarse en el aeropuerto es el peor escenario posible.
Recomendamos tres cosas concretas. En primer lugar, si usted recibió una notificación del Departamento de Estado, guárdela completa y no la descarte. Segundo, si tiene cualquier antecedente, incluso una infracción de tránsito por alcohol, revise cómo puede afectar su situación. Y tercero, si planea viajar, verifique el estado de su visa antes y no después.
En nuestra firma, la revisión de su caso se hace en una consulta con el abogado Jesús Reyes. Nuestras consultas no son gratuitas. Sin embargo, permiten analizar su expediente a fondo y decirle con honestidad qué alternativas legales existen en su situación. También ofrecemos consultas de emergencia, que se agendan con mayor prontitud y tienen un costo más alto. Puede agendar su consulta aquí.
Conviene además revisar nuestra guía sobre cómo prepararse ante una detención de ICE, que trata la parte práctica de una emergencia migratoria.
El Departamento de Estado notifica las revocaciones, pero la forma y el momento varían. Por eso conviene mantener actualizados sus datos de contacto y revisar el estado de su visa antes de cualquier viaje internacional.
Según los datos informados, conducir bajo los efectos del alcohol representó el 22 % de las revocaciones. Es decir, no se trata únicamente de delitos graves. Ahora bien, cada caso depende de sus hechos concretos.
No de forma automática. Sin embargo, la ley establece que una persona cuya visa de no inmigrante fue revocada es deportable. Por eso conviene revisar la situación cuanto antes y no esperar.
Puede presentar una nueva solicitud, aunque el motivo de la revocación anterior suele considerarse en esa evaluación. Si conviene hacerlo y cuándo es justo el tipo de decisión que se analiza en consulta.
La figura de la sección 1201(i) se refiere a visas. La situación de un residente permanente se rige por reglas distintas, así que conviene no mezclar ambos escenarios.
El texto de la ley está disponible en fuentes públicas que enlazamos al final. Las cifras, en cambio, provienen de declaraciones oficiales sin datos desglosados publicados hasta ahora.
La cifra de 300,000 asusta, y es entendible. Aun así, conviene mirar el detalle: la revocación de visas es una facultad amplia que la ley siempre contempló, y los motivos informados se concentran en antecedentes concretos, no en el simple hecho de ser extranjero.
En efecto, lo útil de esta noticia es otra cosa. Es la señal de que conductas que muchas personas consideran menores, como una infracción por alcohol, hoy pesan más que antes. Por lo tanto, quien tenga algo en su historial conviene que lo revise con tiempo. Es importante que usted conozca su situación real.
Si necesita ayuda con un tema migratorio, comuníquese con nosotros. Atendemos casos a nivel mundial desde nuestra oficina en Miami, Florida. Estamos aquí para asesorarlo y revisar su situación específica.
Vea también nuestras preguntas frecuentes y las demás actualizaciones en nuestro blog.
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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.

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