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Publicado el 22 de octubre de 2026
Una corte federal ordenó al Departamento de Estado abrir las inscripciones de la lotería de visas para el año fiscal 2027, que llevaban meses detenidas. Sin embargo, la noticia despertó tanta ilusión como confusión. Por eso conviene decirlo de entrada: al momento de publicar este artículo, las inscripciones todavía no estaban abiertas.
El 14 de octubre de 2026, la jueza federal Jinsook Ohta, del Tribunal Federal para el Distrito Sur de California, ordenó al Departamento de Estado reanudar el programa.
El caso es Red Eagle Law, L.C. v. Rubio, número 26-cv-4738-JO-VET. La corte concedió una medida cautelar preliminar.
Según reportes de prensa, la corte aprobó después un calendario revisado a solicitud conjunta de las partes: anuncio oficial antes del 29 de octubre e inicio de inscripciones antes del 1 de noviembre de 2026.
El período de inscripción debe durar 30 días.
Al 22 de octubre de 2026, el sitio oficial del Departamento de Estado aún no publicaba las instrucciones del programa 2027.
El programa ofrece hasta 55,000 visas de inmigrante al año.
Inscribirse es gratis. El sitio oficial es dvprogram.state.gov.
Una sola inscripción por persona por año fiscal. Si se envía más de una, el reglamento establece que todas quedan anuladas.
Ser seleccionado no garantiza obtener la visa ni la residencia permanente.
Cuidado: este es un panorama en movimiento. Las fechas ya cambiaron una vez y pueden volver a cambiar. Antes de inscribirse, verifique siempre el sitio oficial.
En concreto, la corte ordenó al Departamento de Estado reanudar el programa de visas de diversidad para el año fiscal 2027. En concreto, debe anunciar públicamente el período de inscripción, abrirlo, mantenerlo abierto treinta días y después continuar con la selección y el procesamiento conforme a la ley.
Asimismo, la orden fija un límite para el procesamiento: hasta que se agote la asignación del año fiscal 2027 o hasta el 30 de septiembre de 2027, lo que ocurra primero. Según los reportes de prensa, la jueza concluyó que el gobierno probablemente había actuado de forma "arbitraria y caprichosa" al no iniciar el proceso.
Porque el Departamento de Estado no abrió las inscripciones en su calendario habitual. En años normales, el período se anuncia hacia el inicio del otoño. Sin embargo, para el año fiscal 2027 el anuncio no llegó, y el programa quedó en pausa sin una fecha pública.
Esa demora fue lo que originó la demanda. Según los reportes de prensa, la jueza concluyó que el gobierno probablemente había actuado de forma "arbitraria y caprichosa" al no iniciar el proceso que la ley contempla.
Ahora bien, conviene ser preciso sobre lo que no sabemos. Los documentos que revisamos no detallan las razones que el gobierno dio para la demora, porque el fundamento de la decisión quedó en el expediente de la audiencia y no en la orden escrita.
Ojo: que exista una orden judicial no cierra el caso. Es una medida cautelar preliminar, de modo que el litigio sigue abierto.
Todavía no, y este es el punto más importante del artículo. Conviene insistir en ello. La orden judicial obliga al gobierno a abrir las inscripciones. Sin embargo, abrirlas es un acto que corresponde al Departamento de Estado. Al 22 de octubre de 2026, su sitio oficial seguía mostrando únicamente información de años anteriores.
Por lo tanto, cualquier página que hoy le ofrezca inscribirlo en el programa 2027 no está usando el sistema oficial. En cambio, lo que corresponde es esperar el anuncio formal, que según el calendario revisado debería salir antes del 29 de octubre.
Importante: la inscripción se hace únicamente en dvprogram.state.gov. Ningún otro sitio puede enviar su entrada al gobierno.
Hay dos calendarios. Por eso conviene conocerlos, ya que explican la confusión que circula. La orden del 14 de octubre fijó unas fechas. Después, las partes pidieron en conjunto un calendario más holgado, que la corte aprobó.
Anuncio oficial. Orden del 14 de octubre: antes del 15 de octubre de 2026. Calendario revisado: antes del 29 de octubre de 2026.
Apertura de inscripciones. Orden del 14 de octubre: antes del 18 de octubre de 2026. Calendario revisado: antes del 1 de noviembre de 2026.
Duración del período. En ambos calendarios, 30 días.
Aviso a los seleccionados. Orden del 14 de octubre: antes del 19 de noviembre de 2026. En el calendario revisado no fue precisado por los reportes.
Fuentes: orden judicial del 14 de octubre de 2026 en Red Eagle Law, L.C. v. Rubio, y reportes de prensa sobre el calendario revisado. Verificado el 22 de octubre de 2026.
Ojo: el calendario revisado proviene de reportes de prensa, no del documento judicial que enlazamos. Hasta que el Departamento de Estado publique su aviso, ninguna fecha es definitiva.
Es el programa de visas de diversidad. En concreto, la ley de inmigración lo creó para personas de países con baja tasa de inmigración a Estados Unidos. Ofrece hasta 55,000 visas de inmigrante al año, que conducen a la residencia permanente, conocida como green card.
Ahora bien, el procedimiento es distinto al de otras vías. Las entradas que califican reciben un número por región, y una computadora las ordena al azar. Después se selecciona, por región, una cantidad estimada como suficiente para usar todas las visas disponibles.
De hecho, siempre se selecciona a más personas de las que recibirán visa. Esa es una de las razones por las que una selección no equivale a una green card.
Hay dos requisitos básicos. Además, ambos deben cumplirse. El reglamento federal los establece en el título 22, sección 42.33.
País de origen elegible. Ser nativo de un país considerado de baja admisión ese año. La lista se determina cada año fiscal, así que un país elegible un año puede no serlo al siguiente.
Educación o experiencia. Tener al menos educación secundaria completa o su equivalente. En su defecto, dos años de experiencia laboral, dentro de los últimos cinco años, en una ocupación que requiera al menos dos años de capacitación o experiencia.
Fuente: 22 C.F.R. § 42.33. Verificado el 22 de octubre de 2026.
Ahora bien, cumplir estos dos requisitos permite participar, no obtener la visa. Más adelante hay un proceso completo con otros requisitos, y ahí es donde muchos casos se complican.
Nada. En efecto, el Departamento de Estado señala expresamente que la solicitud en línea "es fácil y gratuita" (traducción nuestra). No existe ningún cargo por enviar una entrada al programa.
Por eso conviene desconfiar de cualquier sitio o persona que cobre por inscribirlo. El propio Departamento de Estado advierte que hay páginas y correos electrónicos que "intentan engañar a los usuarios, haciéndose pasar por proveedores de información oficial del gobierno" (traducción nuestra).
Cuidado: cada año, el anuncio de la lotería viene acompañado de una ola de estafas. Prometen "inscripción garantizada" o avisan que usted "ganó" y pide un pago. El gobierno no cobra por participar.
Enviar más de una entrada. Por eso el reglamento es tajante: no se puede presentar más de una petición por persona en un mismo año fiscal, y si se presenta más de una, todas quedan anuladas y la persona queda inelegible ese año.
Asimismo, es un error más común de lo que parece. A veces un familiar inscribe a la persona "por si acaso" sin avisarle, y esa segunda entrada arruina las dos. Por eso conviene acordar en familia quién hace qué antes de que abra el período.
No. Y conviene repetirlo porque es la fuente de muchas decepciones. Es decir, la selección solo da derecho a solicitar, dentro de un plazo y con un número de caso. Después viene un proceso completo donde se revisan los requisitos de elegibilidad y de admisibilidad de cada persona.
Por lo tanto, hay un límite de tiempo estricto. Quien resulta seleccionado debe obtener su visa o ajustar su estatus antes del fin del año fiscal correspondiente. Si ese plazo vence, la selección pierde valor.
En efecto, esa segunda etapa es donde la asesoría legal marca la diferencia, sobre todo si la persona tiene entradas previas, antecedentes o un caso migratorio abierto.
Recomendamos tres cosas. En primer lugar, no se inscriba en ningún sitio que no sea el oficial, ni pague por hacerlo. Segundo, revise con tiempo si usted cumple los dos requisitos, porque equivocarse ahí hace perder el año completo. Y tercero, si llega a ser seleccionado, busque asesoría antes de iniciar el proceso.
En nuestra firma, la revisión de su caso se hace en una consulta con el abogado Jesús Reyes. Nuestras consultas no son gratuitas. Sin embargo, permiten analizar su expediente a fondo y decirle con honestidad qué alternativas legales existen en su situación. También ofrecemos consultas de emergencia, que se agendan con mayor prontitud y tienen un costo más alto. Puede agendar su consulta aquí.
Conviene además conocer nuestros servicios de peticiones familiares y revisar nuestro artículo sobre la revocación de visas anunciada en octubre.
Al 22 de octubre de 2026 todavía no había abierto. Según el calendario revisado, debería abrir antes del 1 de noviembre de 2026, con un anuncio oficial antes del 29 de octubre. Verifique siempre el sitio del Departamento de Estado.
Nada. La inscripción es gratuita y se hace únicamente en dvprogram.state.gov. Cualquier sitio que cobre por enviar su entrada no es oficial.
No. El reglamento permite una sola entrada por persona por año fiscal. Si se envía más de una, todas quedan anuladas y la persona queda inelegible ese año.
Entonces no podrá participar ese año por su propio país de nacimiento. Ahora bien, el reglamento contempla situaciones en que una persona puede cargarse al país de un cónyuge o de un padre, lo que conviene revisar caso por caso.
No. La selección permite solicitar, pero el proceso posterior evalúa elegibilidad y admisibilidad. Además, hay un plazo estricto: el trámite debe completarse antes del fin del año fiscal correspondiente.
En el sitio del Departamento de Estado y en el portal de inscripción, que enlazamos al final. Esas son las únicas fuentes que confirman fechas e instrucciones.
La orden judicial es una buena noticia para muchas familias. En efecto, conviene reconocerlo. Aun así, la lotería de visas todavía no abre, y la prisa es justamente lo que aprovechan las estafas cada año.
Por lo tanto, lo más útil que usted puede hacer esta semana es sencillo. Primero, revise si cumple los dos requisitos. Después, guarde el sitio oficial en sus favoritos y espere el anuncio formal. Es importante que usted conozca sus opciones reales, porque la lotería es solo una de varias vías hacia la residencia.
Si necesita ayuda con un tema migratorio, comuníquese con nosotros. Además, atendemos casos a nivel mundial desde nuestra oficina en Miami, Florida. Estamos aquí para asesorarlo y revisar su situación específica.
Vea también nuestras preguntas frecuentes y las demás actualizaciones en nuestro blog.
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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.

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