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Alerta para Patrocinadores: Lo Que Debe Saber Sobre las Nuevas Demandas de Reembolso del Gobierno (2025)

En las últimas semanas de diciembre de 2025, el panorama migratorio sufrió un cambio drástico. El Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), bajo la dirección del subsecretario Jim O’Neill, comenzó a enviar cartas de cobro a ciudadanos y residentes permanentes que patrocinaron a familiares inmigrantes.

La medida busca recuperar fondos de los contribuyentes utilizados en beneficios públicos como Medicaid. Si usted firmó una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Formulario I-864), esto le concierne directamente.

1. ¿Por qué el gobierno está cobrando ahora?

Todo se basa en el contrato que usted firmó: el Formulario I-864. Al estampar su firma, usted prometió al gobierno de los Estados Unidos dos cosas:

  1. Mantener los ingresos del inmigrante por encima del 125% del nivel de pobreza.
  2. Reembolsar al estado si el inmigrante utiliza ciertos beneficios públicos federales.

Aunque esta ley existe desde 1996, raramente se aplicaba. Sin embargo, tras escándalos de fraude masivo en Minnesota (caso «Feeding Our Future»), la administración actual ha decidido aplicar una política de «cero tolerancia» para proteger los fondos públicos.

2. ¿Qué beneficios me pueden cobrar? (Y cuáles NO)

Es vital distinguir entre las ayudas seguras y las que generan deuda.

Beneficios que SÍ exigen reembolso («Means-Tested»):

Según las guías federales, los patrocinadores deben reembolsar programas que dependen de los ingresos, tales como:

  • Medicaid (Servicios médicos regulares, no de emergencia)].
  • SNAP (Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria / Food Stamps)].
  • TANF (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas)].
  • SSI (Seguridad de Ingreso Suplementario)].
  • SCHIP (Seguro Médico para Niños)].

⚠️ ATENCIÓN – CAMBIO IMPORTANTE 2025:

En julio de 2025, el HHS actualizó sus reglas y ahora considera programas como Head Start (educación temprana) dentro de la categoría de beneficios públicos federales restringidos. Esto significa que el uso de estos programas, que antes se consideraban seguros, ahora podría estar bajo escrutinio.

Beneficios que generalmente siguen siendo SEGUROS:

  • Atención médica de estricta emergencia (Emergency Medicaid).
  • Ayuda en casos de desastre.
  • Préstamos estudiantiles federales.

3. ¿Cuándo termina mi deuda?

Muchos patrocinadores creen que su responsabilidad termina si se divorcian o si el inmigrante consigue empleo. Esto es falso. Un divorcio NO anula el contrato I-864.

Su obligación financiera solo termina si:

  1. El inmigrante se hace Ciudadano de EE. UU.
  2. El inmigrante trabaja 40 trimestres (10 años) cotizando al Seguro Social.
  3. El inmigrante abandona EE. UU. permanentemente y renuncia a su residencia.
  4. Fallece el patrocinador o el inmigrante.

4. ¿Qué hago si recibo una carta de cobro?

Las cartas enviadas por Jim O’Neill advierten sobre el uso de «todos los medios disponibles» para cobrar.

  1. No ignore la carta: Es un paso previo a una posible demanda civil.
  2. Verifique los montos: A veces el gobierno cobra por error servicios de emergencia (que no son reembolsables) o por periodos donde el inmigrante ya era ciudadano.
  3. Busque ayuda legal: Un abogado puede revisar si la deuda es válida y ayudarle a negociar o defenderse.

 

Fuentes:

https://www.uscis.gov/i-864p

https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/forms/i-864instr.pdf

https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/legal-docs/PM-602-0190_PublicChargeInadmissibility.pdf

https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/the-immigrant-visa-process/step-1-submit-a-petition/affidavit-of-support.html

https://www.nilc.org/resources/sponsored-immigrants-and-benefits/

https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/10/WFTCA-Illegal-Immigrant-Healthcare-Memo-FINAL.pdf



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* La información en esta publicación NO ES UN CONSEJO LEGAL en un caso específico. Cada caso es diferente, y la asesoría de un abogado de inmigración es recomendable. Si usted necesita asistencia legal en su caso, le recomendamos agendar una consulta con nuestra firma.