El Departamento de Estado de EE. UU. anunció una suspensión temporal en el procesamiento de visas inmigrantes para ciudadanos de 75 países, incluyendo Colombia, Cuba, Nicaragua y Guatemala, a partir del 21 de enero de 2026.
Esta medida afecta únicamente a visas con intención inmigrante, es decir, aquellas que buscan la residencia permanente, como:
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Peticiones familiares
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Visas laborales EB-1, EB-2 y EB-3
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Visa EB-4 para trabajadores especiales
No aplica a visas de turista o estudiante, ya que no tienen intención inmigrante.
Las solicitudes pueden presentarse, pero es posible que no se asignen entrevistas consulares mientras la pausa esté vigente.
Excepciones importantes:
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Personas que ya tienen una visa inmigrante aprobada pueden usarla sin problema.
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Personas con doble nacionalidad podrían aplicar usando una nacionalidad no afectada.
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Existen excepciones por interés nacional, aunque son limitadas y difíciles de obtener.
Cada caso migratorio es distinto y estas decisiones pueden tener un impacto significativo en su proceso.
Si usted necesita orientación, una segunda opinión o asistencia legal con su trámite migratorio, le invitamos a comunicarse con nuestra oficina para recibir asesoría profesional.15





