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¿Pueden personas que califican al DACA aplicar por primera vez después de la decisión de Corte Suprema de EE. UU. de permitir que el programa se mantuviera a pesar de los esfuerzos de terminarlo por la administración del presidente Trump?

En una decisión 5-4, la corte Suprema de Estados Unidos decidió que la justificación de la administración del presidente Donald Trump de terminar el programa de DACA (Defferred Action for Childhood Arrival) o acción diferida para jóvenes indocumentados es inconstitucional. Ahora bien, la corte fue clara en establecer que, si el gobierno puede comprobar que la terminación de este programa es legalmente justificable, si puede terminarlo en un futuro. De hecho, el presidente en un tuit indico que tiene el deseo de “comenzar el proceso legal otra vez” refiriéndose a otra batalla legal para tratar de terminar el programa.

La buena noticia es que independientemente de una nueva batalla legal, el futuro de más de 700,000 jóvenes soñadores por ahora está parcialmente garantizados, permitiéndoles trabajar, viajar, estudiar y alcanzar sus sueños. Sin embargo, ni la decisión de la corte suprema ni la agencia de inmigración USCIS se han pronunciado en cuanto a los posibles nuevos solicitantes de DACA que quisieran aplicar por primera vez. Tenemos que recordar que en el 2017 cuando el presidente Donal Trump trato de eliminar el programa, durante el proceso, el departamento de seguridad nacional (DHS) había solo permitido que se procesaran renovaciones de aplicaciones ya sometidas y no solicitudes nuevas. 

Ahora bien, la pregunta del millón es: ¿Pueden personas que no hayan aplicado de DACA por primera vez, aplicar por este beneficio? Aunque no ha habido una respuesta oficial departe de la corte Suprema o de las agencias de inmigración, legalmente todo indica que, si se puede basado en antecedentes legales del programa DACA, incluyendo la decisión de la corte Suprema en Departamento de Seguridad Nacional v. Regentes de la Universidad de California, 591 US (2020). Recordemos que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dejó de procesar nuevas solicitudes solo después de que el presidente Trump cuestionó y reto el programa DACA en 2017. Dado que la corte suprema sostuvo que no había base legal para rescindir el programa (y consideró los argumentos del DHS como «arbitrarios» y «caprichosos») se deduce que los requisitos establecidos bajo la orden ejecutiva del presidente Obama sobre DACA todavía están vigentes.

Según la agencia de Inmigración de EE. UU. (USCIS) para calificar al DACA el solicitante cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Era menor de 31 años al 15 de junio del 2012
  2. Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años
  3. Ha residido continuamente en Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007, hasta el presente
  4. Estaba físicamente presente en Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y al momento de presentar la petición de Consideración de Acción Diferida ante USCIS
  5. No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012
  6. Se encuentra actualmente en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de finalización de la escuela secundaria, ha obtenido un Certificado de Desarrollo de Educación General (GED), o es un veterano con licenciamiento honorable de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, y
  7. No ha sido condenado por un delito grave, delito menor significativo, o tres o más delitos menores, y de ninguna otra manera constituye una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Exhortamos a todos los jóvenes que cumplan con los requisitos aquí descritos que sometan sus solicitudes de DACA, lo cual les permitirá vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos. Si necesita asistencia en la aplicación del DACA incluyendo un permiso de trabajo basado en esta solicitud se puede contactar con nuestras oficinas de Jesus Reyes law para más información.